⫷⚖ ABOGACIA PARA TODOS ACADEMIA⫸
y AARONDELAU ©
R.I.F.:J-502700269 Servicios Legales, Penales
y Migratorios VENEZUELA desde el 2013
BIENVENIDOS

MODELO No. 008 ACEPTACION DE HERENCIA A BENEFICIO DE INVENTARIO | ⫷⚖ ABOGACIA PARA TODOS ACADEMIA⫸



BIENVENIDO

𝐀𝐁𝐎𝐆𝐀𝐂𝐈𝐀𝐏𝐀𝐑𝐀𝐓𝐎𝐃𝐎𝐒𝐀𝐂𝐀𝐃𝐄𝐌𝐈𝐀 en Alianza con 𝐂𝐎𝐌𝐄𝐑𝐂𝐈𝐀𝐋𝐈𝐙𝐀𝐃𝐎𝐑𝐀 𝐀𝐀𝐑𝐎𝐍𝐃𝐄𝐋𝐀𝐔 © R.I.F.: J-502700269 . Servicios Legales, Penales y Migratorios en VENEZUELA desde el 2013.


Somos un equipo conformado Profesionales del Derecho y de la Educación en ejercicio con experiencia en más de 10 años en trámites Internacionales y con experiencia en Derecho Penal adquirida en Instituciones Públicas del Estado Venezolano, así como experiencia en trámites de Italia - España - Colombia Ecuador Perú y Panama.

Escribenos a los números contacto para Asesorias y Trámites.
  • 📱 Whatsapp


  • Libros | Modelos Juridicos | Chat | YouTube SERVICIOS DE: | LEGALIZACIONES | APOSTILLA ASESORÍA | TMF TARJETA DE MIGRACIÓN FRONTERIZA COLOMBIA | PODERES | ANTECEDENTES PENALES ASESORÍA EN MATERIA INTERNACIONAL (GRATIS CONSULTA) SÓLO DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL CONSULTA VIA WHATSAPP | CHAT PRIVADO PARTE INFERIOR DERECHA | TRADUCCIONES CERTIFICADAS EN INGLÉS | DERECHO PENAL (ORDINARIO) | CARTA DE SOLTERÍA | TRÁMITES ITALIANOS | CIUDADANÍA ITALIANA | PASAPORTE ITALIANO | ANAGRAFE | ASESORÍA EN TRÁMITES ANTE EL CONSULADO ITALIANO | TRADUCCIONES CERTIFICADAS EN ITALIANO VISA ECUATORIANA. VE LIBROS - MODELOS JURIDICOS - CHAT - YOUTUBE.

    Llamada
    📞 Consultas


    Sobre la Autora. RAMSELIZ DE JESÚS PADRÓN GARCÍA

    Abogada egresada de la Universidad de Carabobo Venezuela Especialista en Ciencias Penales y Criminológicas UNERG Venezuela. Certificada por la UTPL Ecuador en Economía y Mediación. Ex- Defensora Pública Penal en Fase Ordinaria Venezuela. Actualmente trabajo para Ecuador y Venezuela.

    ℹ️ Info




    MODELO No. 008 ACEPTACION DE HERENCIA A BENEFICIO DE INVENTARIO

    // // Leave a Comment
    https://www.instagram.com/abogaciaparatodoslaacademia/


    No. 008 NOTA: ACTUALIZAR LA NORMATIVA

    ACEPTACION DE HERENCIA

    A BENEFICIO DE INVENTARIO


    Ciudadano
    111e7         de Primera Instancia en lo Civil de     
    Su Despacho

    Yo, ________ abogado, venezolano en ejercicio y de este domicilio, inscri­to en el Inpreabogado bajo el No _________ en mi carácter de Apoderado judicial de la ciudadana __________ mayor de edad, de este domicilio, de nacionalidad _______,  de profesión __________, de estado civil _______ y titular­ de la Cédula de Identidad No. _________, según consta de Poder nota­riado que acompaño marcado “A”, con la venia de estilo, ante usted, ocurro y expongo: El ciudadano _________, dejó a su fallecimiento ocurri­do cl día ______, en jurisdicción de ________, como consta de la copia certificada de la Partida de Defunción que acompaño marcada “B”, un testamento abierto registrado ante la Oficina Subalterna dcl Registro de Circuito de Registro Público del _______     de fecha      _____, bajo el No ___, Protocolo ____, Tomo _____, Trimestre      instituyendo a mi Poderdante y a los ciudadanos ________, quien es de nacionalidad _______, de profesión ______, de estado civil _____ mayor de edad, de este domicilio, y con Cédula de Identidad No. ______, y ________, (identificarlo con sus seis características) como sus únicos y universales herederos conforme consta de dicho testamento abierto, que acompaño marcado “C”. En virtud de lo expuesto y de conformi­dad con cl texto del artículo 1.023 dcl Código Civil Patrio Vigente, acudo ante su competente autoridad para declarar expresa y formal­mente en nombre de mi Poderdante que el mismo, acepta, a Beneficio dc Inventario, la herencia que le fuere deferida por su causante. Ruego a usted, se sirva admitir cl presente escrito con todos los Pronuncia­mientos de Ley y dar en esa forma inicio al procedimiento correspondiente. Es Justicia que espero en la ciudad _________ de _______      a los ________  días _____del mes______ de ______de mil novecientos ochenta y _________.   

    Firma del abogado Apoderado del solicitante.









    NOTA:           Articulo 1.023 del código civil: “La declaración del heredero que pretende tomar este carácter bajo beneficio & inventario, se hará por escrito ante el Tribunal de Primera Instancia del lugar donde se abrió la sucesión, se publicará en extracto en un periódico oficial o en otro a falta de éste, y se fijará por edictos en la puerta del Tribunal”.

    0 comentarios:

    Publicar un comentario

    Comentarios


    siguenos en instagram siguenos en twitter siguenos en mercadolibre siguenos en facebook comparte en whatsapp

    Descarga PDF⎙

    Print Friendly and PDF